Por la empresa corresponde el pago de IRAE (renta), IPAT (patrimonio) e IVA. Se puede inscribir la SAS como pequeña empresa (literal E) siempre que se tenga una facturación anual menor a UI 305.000, reduciendo significativamente los impuestos. Por el representante legal se tiene que aportar BPS y tiene derecho a FONASA. En caso del programador de Software, queda exonerado al 100% de IRAE.